¿Qué es el Certificado COVID Digital de la UE?
El Certificado COVID Digital de la UE facilitará la libre circulación segura de los ciudadanos en la UE durante la pandemia de COVID-19.
El Certificado COVID Digital de la UE se introducirá en todos los Estados miembros de la UE. Los países ya pueden empezar a emitirlo y utilizarlo y estará disponible en todos los Estados miembros de la UE a partir del 1 de julio de 2021.
Puede ser en formato digital o papel, en la lengua nacional y en inglés, válido en todos los países de la UE y con código QR. La emisión del documento será de carácter gratuito aunque no la prueba diagnóstica (Test de Antígeno).
Un Certificado COVID Digital de la UE es una acreditación digital de que una persona:
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ha sido vacunada contra la COVID-19, o |
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se ha realizado una prueba cuyo resultado ha sido negativo, o |
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se ha recuperado de la COVID-19. |
En el caso de Diagnóstico Médico Santa Cruz, sólo se emitirá el Certificado tras la realización del Test de Antígenos realizado en nuestro Centro. INFORMACIÓN Y CITA PREVIA 922 24 55 51.
¿Cómo obtendrán los ciudadanos el certificado?
Las autoridades nacionales son responsables de la expedición del certificado. Podría ser expedido, por ejemplo, por los centros de pruebas o las autoridades sanitarias, o directamente a través de un portal de salud electrónica.
La versión digital puede almacenarse en un dispositivo móvil. Los ciudadanos también pueden solicitar una versión en papel. Ambos tendrán un código QR que contendrá información esencial, así como una firma digital para asegurarse de que el certificado es auténtico.
Los Estados miembros han acordado un diseño común que puede utilizarse en las versiones electrónica y en papel para facilitar el reconocimiento.
¿Cómo contribuirá a la libre circulación?
El Certificado COVID Digital de la UE será aceptado en todos los Estados miembros de la UE. Contribuirá a garantizar que las restricciones actualmente en vigor puedan suprimirse de manera coordinada.
Al viajar, el titular del Certificado COVID Digital COVID de la UE debe, en principio, quedar exento de las restricciones a la libre circulación: los Estados miembros deberán abstenerse de imponer restricciones adicionales de viaje a las personas titulares de un Certificado COVID Digital de la UE, a menos que dichas restricciones sean necesarias y proporcionadas para salvaguardar la salud pública;
En tal caso, por ejemplo como reacción a nuevas variantes preocupantes, dicho Estado miembro tendría que notificarlo a la Comisión y a todos los demás Estados miembros y justificar su decisión.
¿Cómo funcionará el certificado?
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El Certificado COVID Digital de la UE contiene un código QR con una firma digital para protegerlo contra la falsificación. |
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Cuando se comprueba el certificado, se escanea el código QR y se verifica la firma. |
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Cada centro emisor (p. ej. un hospital, un centro de pruebas o una autoridad sanitaria) tiene su propia clave de firma digital. Esta información se almacena en una base de datos segura en cada país. |
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La Comisión Europea ha creado un portal a través del cual puedan verificarse las firmas de los certificados en toda la UE. Los datos personales del titular del certificado no tendrán que transmitirse a través del portal, ya que no es necesario para verificar la firma digital. La Comisión Europea también ayudó a los Estados miembros a desarrollar software y aplicaciones nacionales para expedir, almacenar y verificar certificados y los apoyó en las pruebas necesarias para unirse al portal. |
¿Podrán viajar a otro país de la UE los ciudadanos que aún no se hayan vacunado?
Sí. El Certificado COVID Digital de la UE facilitará la libre circulación dentro de la UE. No será una condición previa para la libre circulación, que es un derecho fundamental en la UE.
El Certificado COVID Digital de la UE también sirve para justificar los resultados de las pruebas, exigidas a menudo en el marco de las restricciones de salud pública aplicables. El certificado es una oportunidad para que los Estados miembros adapten las restricciones existentes por motivos de salud pública. La recomendación actualmente vigente sobre la coordinación de las restricciones a la libre circulación en la UE también se modificará a mediados de junio con vistas a la temporada de vacaciones.
¿Importa qué vacuna recibieron los ciudadanos?
Se expedirá un certificado de vacunación a toda persona que haya recibido cualquier vacuna contra la COVID-19.
Por lo que se refiere a la supresión de las restricciones a la libre circulación, los Estados miembros tendrán que aceptar certificados de vacunación para las vacunas que hayan recibido la autorización de comercialización de la UE. Los Estados miembros pueden decidir ampliarlo también a los viajeros de la UE que recibieron otra vacuna.
También corresponde a los Estados miembros decidir si aceptan un certificado de vacunación después de una dosis o después de haber completado un ciclo completo de vacunación.
¿Qué datos incluye el certificado? ¿Están seguros los datos?
El Certificado COVID Digital de la UE contiene la información clave necesaria, como el nombre, la fecha de nacimiento, la fecha de expedición, la información pertinente sobre la vacuna / la prueba / la recuperación y un identificador único. Estos datos permanecen en el certificado y no se almacenan ni conservan cuando se verifica un certificado en otro Estado miembro.
Los certificados solo incluirán la información limitada que sea necesaria, que no podrá ser conservada por los países visitados. A efectos de verificación, solo se comprueban la validez y la autenticidad del certificado, verificando quién lo ha expedido y firmado. Todos los datos sanitarios permanecen en el Estado miembro que expidió el Certificado COVID Digital de la UE.
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